Para ser un Magistrado titular o suplente de la CC, según el artículo 269 de la Constitución, es indispensable ser guatemalteco de origen, abogado colegiado, ser de reconocida honorabilidad y tener por lo menos quince años de graduación profesional. Adicionalmente, la Constitución obliga a que todo funcionario público sea electa por razones fundadas en méritos de capacidad, idoneidad y honradez.
También el artículo 152 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y Constitucional, obliga que los magistrados sean escogidos preferentemente entre personas con experiencia en la función y administración pública, magistraturas, ejercicio profesional y docencia universitaria, según sea el órgano del Estado que lo designe.
Esto implica que, el Presidente y el Congreso deberían elegir preferentemente a alguien con experiencia en la función y administración pública.


La Corte Suprema de Justicia (CSJ) a un juez o magistrado.

El Colegio de Abogados, a un abogado en ejercicio profesional.

Mientras que el Consejo Superior Universitario de la USAC, a una persona con experiencia en la docencia.

¿Cómo se eligen?
Para elegir a un magistrado, los órganos electores deben contar con un perfil que permita evaluar de manera objetiva las candidaturas, constatando los cuatro elementos básicos previstos en la Constitución: capacidad, idoneidad, honradez y reconocida honorabilidad.
Perfil idóneo
Para evaluar las candidaturas, podría incorporar los siguientes elementos:
Méritos profesionales
- Al menos 15 años de experiencia profesional acreditada en áreas del derecho público, derecho constitucional, derechos humanos, derecho internacional de los derechos humanos y/o derecho comparado.
- Preferentemente experiencia previa en la judicatura o magistratura, en el ejercicio profesional de la abogacía en derecho constitucional o ramas afines, en la docencia universitaria o en la función pública.
- Conocimiento y experiencia profesional en el litigio constitucional y de derechos humanos como litigante, interponente, juez, magistrado, letrado, fiscal u otra función propia de la administración de justicia.
- Experiencia en relacionamiento, interlocución y coordinación con instituciones del sistema de justicia, otras entidades estatales y organismos internacionales en materia de justicia y derechos humanos.
- Experiencia en gestión de despacho, coordinación, gerencia o dirección dentro de la administración pública o en el ejercicio profesional privado.
Méritos académicos
- Estudios a nivel de postgrado o doctorado en derecho público, derecho constitucional, derechos humanos, derecho internacional de los derechos humanos y/o derecho comparado.
- Docencia universitaria o impartición de cursos en unidades de capacitación en instituciones del sistema de justicia en las materias clave, durante un mínimo de 5 años.
- Publicación de libros, manuales, artículos en revistas académicas especializadas, ensayos especializados o investigaciones de campo en las materias clave.
Méritos éticos
- Que no haya instado públicamente al incumplimiento o desacato de sentencias judiciales.
- Que en su desempeño profesional haya demostrado posiciones de independencia frente a diversos actores de la sociedad.
- Que no haya representado o asesorado en forma habitual y haciendo uso de litigio malicioso o dilatorio a personas vinculadas con el crimen organizado, narcotráfico, lavado de dinero, fraudes, delitos financieros o contra la administración pública, violaciones a los derechos humanos, corrupción o abuso de poder.
- Que no haya conducido investigaciones, litigios o resuelto procesos en las cuales los órganos del Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos o del Sistema de las Naciones Unidas hubieren señalado al país por violación del deber de administrar justicia en forma oportuna o por denegación o retardo injustificado.
- Que no tenga sanciones administrativas, gremiales o condenas penales impuestas en Guatemala o en otros países.
- Que no haya aprovechado su posición para que familiares, parientes, amigos, socios o empresas de su propiedad o de las que sea o haya sido parte, fueran beneficiados de manera ilegítima con contratos dentro del Estado.
- Que haya cumplido todas las obligaciones derivadas de sus relaciones laborales, civiles, mercantiles, tributarias y el pago de pensiones alimenticias si fuere aplicable.
- Que en el desempeño de cargos públicos haya realizado la gestión de bienes públicos con probidad.
- Que no haya abusado de sus facultades y poder para condicionar de modo informal e irregular sus decisiones en casos concretos.
- Que no cuente con denuncias de impedimento fundamentadas.
- Que no tenga multas pendientes de pago ante la Corte de Constitucionalidad.
- Que cuente con liderazgo, capacidad de trabajar en equipo y capacidades de gestión administrativa.
Méritos de proyección humana
- Que en el marco de su ejercicio profesional, a título gratuito, hubiere brindado asesoría jurídica, realizado litigio estratégico, o promovido acciones de defensa, promoción y protección de los derechos humanos, las garantías constitucionales y el fortalecimiento de instituciones democráticas.